miércoles, 23 de marzo de 2011

INVESTIGACIÓN JURÍDICA

Realizar una investigación en el ámbito jurídico es un trabajo plenamente científico. Por tanto es importante señalar que se trata de una investigación científica. El término investigar proviene del prefijo in que significa adentrarse, ir en busca y de vestigium, que significa huella, antecedente. Según Leoncio Lara Sáenz en su libro Procesos de la Investigación Jurídica, la investigación es “una actividad humana de carácter social mediante la cual el individuo, a través de indicios que le proporcionan las fuentes, descubre o presume la existencia de cosas nuevas, comprobando sus conclusiones”.

    • Concepto de Investigación Jurídica

Otro autor, Héctor Fix-Zamudio en su obra Metodología, Docencia e Investigación Jurídicas define la investigación jurídica como “la actividad intelectual que pretende descubrir las soluciones jurídicas adecuadas para los problemas que plantea la vida social de nuestra época, cada vez más dinámica y cambiante, lo que implica también la necesidad de profundizar en el análisis de dichos problemas, con el objeto de adecuar el ordenamiento jurídico a dichas transformaciones sociales, aun cuando formalmente   parezca anticuado”.

Según este jurista debe abandonarse la idea de que solo las construcciones juristas que prevalecieron durante el siglo XIX, entre ellas las escuelas de exégesis, la jurisprudencia de conceptos, la de carácter histórico, generaron auténticos resultados de investigación jurídica. En nuestros días, “resulta más fructífero el estudio minucioso y constante, iniciado con modestia intelectual, es decir sin pretender resolver de una vez para siempre la problemática del derecho”.

¿Qué es una investigación?
 Investigar es buscar intencionalmente algo que no se conoce. El investigador es un descubridor intencional: sabe que busca algo, pero no sabe cuál será el resultado de su búsqueda. Como puede observarse, para tomar la decisión de buscar algo que no se conoce y encontrar un resultado, es necesario analizar el objeto de nuestra investigación, lo que exige  seguir ciertas normas metodológicas, ya que, aunque podemos realizar una búsqueda sin respetar estas normas metodológicas, el resultado -si llegara a obtenerse- no será confiable. Es por eso que la investigación debe entenderse como una búsqueda intencional realizada de manera metodológica, o sea, sometida a reglas que concedan, por lo menos, confiabilidad a sus resultados.

 ¿Para qué se investiga?

 Fundamentalmente para encontrar respuestas que conlleven a un aumento de conocimiento. Se debe tener presente que la posibilidad de aplicación práctica del conocimiento hallado no es presupuesto de la investigación.
 La investigación jurídica

 Ante todo, es necesario decir que todo lo existente puede ser investigado, por tanto, todo lo existente puede ser objeto de investigación. El Derecho tampoco escapa a esta realidad. La investigación jurídica es, pues, la investigación que tiene por objeto el estudio del Derecho. Ahora bien, al realizar una investigación jurídica debe tenerse en cuenta que su especialidad radica en que en el Derecho ha contenido, y contiene, tres aspectos esenciales que lo individualizan:

 *Normatividad: se refiere al ordenamiento (sin importar su vigencia) y su ciencia

 *Facticidad: se refiere a los hechos que dan lugar al nacimiento de ciertas normas y que, por tal razón, son hechos regulados por el Derecho. Igualmente quedan contemplados los efectos históricos y sociales del Derecho.

 *Axiología: hace referencia a la valoración social que se tiene de las normas jurídicas (injustas o justas) y a las concepciones prejurídicas (valores que impulsan la creación o derogación de ciertas normas positivas).

 Cualquier investigación jurídica abordará, como mínimo, uno de estos aspectos, pues son esenciales al Derecho. Ahora bien, un trabajo de investigación jurídica puede ser abordado desde distintos puntos de vista. Debido a esta circunstancia, los trabajos de investigación jurídica pueden ser de diversa índole, a saber:

 ( Histórico-jurídico: se refiere al seguimiento histórico de una institución jurídica (v.gr., la familia, el contrato, las patentes, la bioseguridad, el estado).

 (Jurídico-comparativo: trata de establecer las semejanzas y/o diferencias entre instituciones jurídicas o sistemas jurídicos (v.gr.,semejanzas entre el derecho penal alemán y el derecho penal venezolano).

 (Jurídico-descriptivo: consiste en aplicar “de manera pura” el método analítico a un tema jurídico, es decir, consiste en descomponerlo en tantas partes como sea posible. Esto implica que el tema debe ser, salvo que se persiga otro fin, muy bien delimitado (v.gr., análisis de los requisitos para contraer matrimonio).

 ( Jurídico-exploratorio: se trata de abrir el camino para la realización de posteriores investigaciones (v.gr., aspectos generales del derecho de autor).

 ( Jurídico-proyectivo: consiste realizar una especie de predicción sobre el futuro de algún aspecto jurídico (v.gr., sostener que el Derecho Penal en un tiempo no lejano pasará a ser competencia de entes supranacionales).

 ( Jurídico-propositivo: se caracteriza porque evalúa fallas de los sistemas o normas, a fin de proponer o aportar posibles soluciones.

 Cada uno de estos tipos de trabajos de investigación jurídica puede tener por objeto cualquiera  de los aspectos o facetas mencionados anteriormente, es decir, la norma (aspecto normativo del Derecho), los hechos (aspecto fáctico del Derecho) o la valoración (aspecto axiológico del Derecho). De manera que, por ejemplo, podrá realizarse una investigación histórico-jurídica sobre el aspecto fáctico de una institución jurídica específica, v.gr., razones políticas que motivaron la creación y aprobación de determinada constitución.

No hay comentarios:

Publicar un comentario